
Las recetas electrónicas serán obligatorias desde julio

Disposición del Gobierno
El Gobierno Nacional avanzó con la reglamentación del DNU 70/2023, a través del Decreto 345/2024, para la implementación obligatoria de la receta electrónica, que comenzará a implementarse en toda la Argentina a partir del 1 de julio.
La disposición, firmada por el presidente Javier Milei, el ministro del Interior, Guillermo Francos, y el ministro de Salud, Mario Russo, propone una integración de las tecnologías actuales en el sistema, con la intención de mejorar la calidad de servicio y la seguridad del paciente.
En este sentido, la medida "optimiza y simplifica los procesos asistenciales, propicia un incremento en la calidad brindada, reduce costos innecesarios al Sistema de Salud, así como también marca un avance hacia la digitalización y modernización de dicho Sistema", tal y como especifica la resolución, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
De esta manera, a partir del 1 de julio de 2024, la prescripción médica electrónica o digital se volverá obligatoria en todo el país. Esta implementación se llevará a cabo en colaboración con las autoridades de cada una de las 24 jurisdicciones.
La nueva regulación requiere que, de ser necesario, estas últimas impulsen legislaciones adicionales para alinear sus normativas sobre práctica profesional y sanciones con los nuevos estándares establecidos.
Un pilar fundamental de esta nueva política es la creación de un registro de plataformas para la elaboración de esas recetas, tema sensible y muy relevante por los datos que éstas poseen, y que velará por el cumplimiento de estándares de seguridad y eficacia en las plataformas utilizadas.
A su vez, prevé la llegada de un Diccionario Nacional de Medicamentos, que buscará garantizar la uniformidad en la prescripción de medicamentos en todo el país.
En relación a las recetas actuales, la disposición indica que continuarán siendo válidas siempre que cumplan con los requisitos estipulados por la nueva normativa. Esto se debe a que muchos médicos y centros de salud aún no cuentan con la capacidad de emitir las órdenes electrónicas. En este sentido, la normativa establece que la receta en papel coexistirá con la digital.
Cómo será la venta de medicamentos con las recetas electrónicas
Según detalla la disposición, "la venta y despacho deben realizarse desde la farmacia, en presencia de un farmacéutico responsable" y la "entrega al paciente podrá ser acordada por canales electrónicos determinados por la farmacia, mediante traslado al lugar que éste disponga a su conveniencia, siendo responsabilidad del profesional farmacéutico garantizar que el traslado se realice de modo seguro conforme los requisitos aplicables y los que la autoridad sanitaria establezca a tal efecto".
Por lo tanto, será tarea del farmacéutico asegurar que el traslado se realice de manera segura, siguiendo los requisitos aplicables y aquellos establecidos por la autoridad sanitaria. Además, las farmacias estarán obligadas a archivar y conservar las recetas digitales por un período de 3 años.


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