
Clubes y municipios del Sur deberán certificar la seguridad de arcos y juegos
Los clubes, las escuelas y los espacios recreativos del sur del Conurbano deberán revisar las condiciones de seguridad de sus instalaciones deportivas. La Ley Joaquín establece medidas para prevenir vuelcos de arcos, caídas de estructuras y golpes contra superficies sin protección.
La norma provincial 15.618, sancionada en julio, alcanza a establecimientos públicos y privados. Este miércoles se informó su reglamentación mediante el decreto 2082/2026, un paso que pone en marcha la etapa de adecuación.
Para las instituciones, el trabajo comienza con una revisión concreta: qué equipamiento tienen, en qué estado se encuentra y qué modificaciones necesita para utilizarse de manera segura.
Anclajes y protecciones
La ley exige fijaciones o contrapesos para los arcos de más de veinte kilos y sistemas de estabilidad para los aros de básquet con pie. También contempla protecciones en columnas, paredes y otras superficies que puedan representar un riesgo durante la actividad.
Las estructuras removibles requieren cuidados incluso cuando no se usan. Deben guardarse adecuadamente o quedar aseguradas para impedir que vuelquen. Trasladar un arco al costado de la cancha, por ejemplo, no resuelve el peligro si permanece inestable y al alcance de quienes circulan por el predio.
Quién certifica y quién controla
La aptitud técnica de las instalaciones deberá ser certificada por profesionales matriculados. El documento tendrá que exhibirse de manera accesible.
A los municipios les corresponde organizar la aplicación, verificar el cumplimiento y coordinar acciones con las instituciones deportivas y educativas. Esa responsabilidad exige establecer procedimientos de inspección y explicar cómo deben tramitarse las certificaciones.
En los clubes barriales, la adecuación también abre una discusión sobre los recursos disponibles. La revisión profesional, los anclajes y las reparaciones tienen costos que cada entidad necesitará conocer para organizar los trabajos.
Los plazos de adecuación
La ley contempla un plazo máximo de un año desde la reglamentación, con posibilidad de prórroga. Sin el cotejo completo del decreto y sus anexos, todavía no corresponde fijar una fecha definitiva de vencimiento.
La aplicación deberá sostenerse después de la primera certificación. El desgaste, los traslados y las modificaciones pueden alterar la estabilidad de una estructura. El resultado se comprobará en cada cancha, patio y plaza, con equipamiento seguro y mantenimiento continuo.










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