CATHEDA detalló el nuevo esquema de segmentación de las tarifas de electricidad y gas

La Confederación Argentina de Trabajadores y Empleados de Hidrocarburos Energía Combustibles Derivados y Afines (CATHEDA) detalló como es la propuesta de segmentación de tarifas basada en niveles de ingreso y de consumo de acuerdo a zonas geográficas.

Actualidad 19/02/2024

La Confederación Argentina de Trabajadores y Empleados de Hidrocarburos Energía Combustibles Derivados y Afines (CATHEDA) detalló como es la propuesta de segmentación de tarifas basada en niveles de ingreso y de consumo de acuerdo a zonas geográficas, divididas desde muy cálidas a muy frías, estableciendo que consumo necesita un usuario de la denominada zona fría para mantener los subsidios, la misma fue presentada en la audiencia pública.

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El objetivo del detalle es determinar el proceso de aplicación de un nuevo esquema de subsidios, que incluya criterios de inclusión/exclusión mediante el Ingreso de los hogares y la aplicación de una Canasta Básica Energética, que indique los consumos mínimos necesarios en diversas regiones, meses del año y tipos de suministro. 

 

Los mismo tienen criterios de exclusión: Si alguno de los contribuyentes que integran el hogar cumple al menos una de las siguientes condiciones patrimoniales, quedarán afuera de los subsidios, estos son: si tiene al menos 1 aeronave, si tiene al menos 1 embarcación, si tiene al menos 2 propiedades inmuebles y si la antigüedad del automotor es menor a 5 años.

 

En segunda instancia, dentro de este conjunto de hogares que no hayan sido excluidos sea evalúa los ingresos declarados por los miembros de un mismo hogar con el monto total de la Canasta Básica Energética.

 

Canasta Básica Energética. se ajusta considerando: la cantidad de miembros del hogar (1-2 personas; 3-4 personas +4 personas), consumos y la zona climática (6 niveles: Muy Cálido a Muy Frío).  Un hogar será subsidiado, siempre y cuando cumpla las siguientes condiciones: Cuando la Canasta Básica Energética represente un porcentaje superior al ingreso declarado del hogar o el monto a subsidiar será aquel que garantice que la Canasta Básica Energética no exceda el porcentaje del ingreso declarado del hogar.

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