Milei reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad

El Ejecutivo publicó el Decreto 84/2026 y puso en marcha un nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad, luego de que la Justicia invalidara el intento oficial de suspender la ley. La norma, firmada por Javier Milei, unifica prestaciones y fija criterios de acceso y control.
Política05/02/2026
NOTA

El Gobierno nacional reglamentó este miércoles la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad (N° 27.793) mediante el Decreto 84/2026, publicado en el Boletín Oficial, y creó un nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad, con criterios de acceso, condiciones de permanencia y mecanismos de control.

La medida —firmada por el presidente Javier Milei— se produce tras un fallo judicial que declaró inválido el intento del Ejecutivo de suspender la aplicación de la ley y ordenó su ejecución inmediata. Ese revés obligó al Gobierno a avanzar con la reglamentación después de meses de debate y dilación sobre su implementación.

El decreto define en detalle cómo funcionará la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, que reemplaza y unifica las prestaciones anteriores. Entre los puntos más relevantes están: Criterios de acceso y permanencia, con evaluación socioeconómica y revisiones periódicas, incompatibilidades con otros beneficios para evitar duplicidades o superposiciones, procedimientos administrativos precisos y controles de auditoría a través de la Secretaría Nacional de Discapacidad y la conversión automática de pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad al nuevo esquema, que obliga a un relevamiento y verificación de prestaciones vigentes.

Además, la reglamentación incorpora a la Secretaría Nacional de Discapacidad dentro del Ministerio de Salud, con mandato de convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar parámetros operativos y auditorías en un plazo de 30 días.

Aunque la reglamentación representa un avance formal tras la sanción de la ley en 2025, su historia está marcada por tensiones entre el Poder Ejecutivo y el Parlamento. El Gobierno había vetado la ley de emergencia en discapacidad en agosto de 2025, junto con otras normas sociales, alegando falta de fondos y posibles riesgos fiscales derivados de la ampliación de prestaciones.

Posteriormente, el Congreso insistió en la sanción con mayoría calificada, y la normativa fue promulgada, aunque inicialmente con condiciones sobre el financiamiento que postergaban su implementación efectiva. La intervención de la Justicia obligó finalmente a avanzar con el decreto actual, dejando a un lado la suspensión condicionada.

Pese a la reglamentación, persisten dudas sobre el financiamiento real del nuevo régimen. Analistas y organizaciones sociales alertan que los criterios de “compatibilidad con recursos disponibles” y los acuerdos de cofinanciamiento con provincias podrían resultar insuficientes para cubrir las necesidades del sector, sobre todo tras años de reclamos por actualizaciones de prestación y deudas acumuladas del sistema de discapacidad.

Organizaciones del colectivo de personas con discapacidad habían celebrado la sanción de la ley como un paso para garantizar derechos básicos en salud, educación, trabajo e inclusión social, pero también habían criticado las demoras y la falta de claridad sobre cómo se iban a garantizar los recursos necesarios. El proceso judicial que terminó forzando la reglamentación expuso una tensión persistente entre las prioridades fiscales del Ejecutivo y las demandas de un sector históricamente marginado.

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